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La otra realidad de la Ley Pulpín

Conócela desde la misma norma y no desde las redes sociales

"En las redes sociales se puede encontrar buena, mala y muy mala información, por ello es mejor leer desde la misma fuente"

Marco Sausa

Publicado: 2015-01-16

Antes de entrar al análisis de la mencionada norma, me gustaría que ustedes sepan cuál es la realidad laboral del Perú.

Según el INEI, al 2012 el 74.3% de la fuerza laboral existente estaba trabajando fuera del sector formal, si bien hubo una mejora en esta situación, dado que en el 2007 eran 79.9% de personal informal, es preocupante que la situación solo haya mejorado en cinco puntos en cinco años ¿Cómo están las provincias sin contar Lima? Pues la situación es más grave el 80% de la fuerza laboral está en la informalidad al año 2012. No olvidemos que esta realidad de trabajadores informales se da tanto en empresas formales como las que no lo son. A la fecha son 21% de trabajadores informales trabajando en empresas formalmente constituidas.

Reto que resuelvan este pequeño caso. Vamos por partes: 

1) Según el INEI al año 2007 el 19% del PBI pertenecía al sector informal y el 81% era del sector formal. 

2) Tenemos que el 61% de todo el empleo del Perú es informal y el 49% es formal.

3) El 65% de empresas en el Perú son informales y el 45% restante son formales.


Les facilito las cosas, si en todo un año hubieran 100 empresas, 100 trabajadores y 100 soles producidos, y toca repartir el dinero generado en el año por sectores, pues tan solo 19 soles se van a las empresas informales y si estos se tienen que repartir entre sus 65 empresas informales que tienen 61 trabajadores informales también; mientras que los 81 soles restantes producidos en un año el sector formal se reparten entre sus 45 empresas, que tienen 49 trabajadores en total ¿Qué trabajador piensan que tendrá más salario al finalizar el año? Obviamente el formal, sin hablar de los beneficios laborales que goza. Por lo que es una falacia decir que un trabajador informal, a pesar que gane más que un SMV, termine generando más dinero para su economía familiar que uno que sí es formal. Por donde quiera que veamos un trabajador formal recibirá no solo más remuneración sino también beneficios que se suman como ahorro en su economía familiar. Es decir, mientras un trabajador formal goza de pensión, seguro de salud, reconocimiento de horas extras, entre otros beneficios, un trabajador informal tendrá que gastar en salud, en pagar por su cuenta (si es que lo paga) por una pensión, trabajará más sin que sus horas extras sean reconocidas, no tendrá feriados, ni vacaciones, entre otros efectos negativos. Por ello, no crean que si un trabajador informal gana S/.800 y uno formal gana S/.750 el más beneficiado será el informal porque posiblemente el informal haya tenido que trabajar 14 horas sin descansar un solo día al mes para ganarse ese salario y el formal trabajó solo 8 horas disfrutando de sus fines de semana, feriados y posiblemente horas extras ¿Quién es el más beneficiado?


 

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Vayamos al análisis de la norma:

Para empezar la ley no se llama Régimen Laboral Juvenil, su nombre verdadero es "Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a la protección social", siguiendo con el artículo 1 de la norma, la ley tiene como objeto mejorar la empleabilidad y promover la contratación de jóvenes desocupados para que cuenten con mayores oportunidades al mercado laboral a través de un empleo de calidad con protección social. Me pregunto si los jóvenes líderes de las revueltas de ayer 15 de Enero del 2015 sabían al menos cuál era el Artículo 1 de la tan comentada norma, pero me gustaría detenerme en ¿qué es empleabilidad y por qué es tan importante promover que se comience a desarrollar desde tan jóvenes?

Pues empleabilidad es la capacidad potencial de incorporase y permanecer en el mercado laboral, es decir las posibilidad de encontrar un empleo y adaptarse a un mercado de trabajo que está en un continuo cambio, el mismo que no es solo un efecto de nuestra economía sino que tiene repercusiones globales. Actualmente el mercado laboral no es el mismo de hace veinte años cuando existía la famosa "estabilidad laboral" una persona podía inclusive dejar de herencia su puesto de trabajo para que sus hijos continuaran en el cargo, sin embargo, actualmente y no por políticas económicas liberales sino por una tendencia mundial en el mercado laboral, las empresas y los trabajadores han aumentado su nivel de rotación de personal. Hoy por hoy, son muy pocos los trabajadores que llegan a ocupar en un mismo puesto diez o quince años consecutivos en una empresa y no por despidos o falta de buen desempeño sino porque los mismos trabajadores pueden encontrar otras ofertas más beneficiosas para ellos y obviamente con mejores remuneraciones. El mercado laboral peruano no es la excepción y sigue la misma tendencia que el resto del mundo, tenemos un gran déficit de mano de obra calificada que pueda garantizar a las empresas una adecuada productividad en las funciones que desempeña, recordemos que nosotros cuando vamos a pedir un trabajo ofrecemos nuestros servicios profesionales, técnicos u operativo y si nos lo dan no es porque simplemente sea nuestro derecho tenerlo sino porque bajo un proceso de selección hemos sido lo suficientemente capaces para demostrar que podemos producir resultados, es decir nos escogen por nuestro perfil, por lo que sabemos, por lo que podemos aportar y no por un simple derecho escrito en un papel. Siguiendo con lo anterior, el mercado laboral peruano necesita y posiblemente en unos cinco años más necesitará el doble de mano de obra calificada para poder continuar con su crecimiento, por lo que necesitamos que los jóvenes que están en mejor condición y por lo general se adaptan más rápido al cambio se capaciten desde que salen del colegio, pero no solo eso sino también sean especialistas en determinadas funciones. Un especialista puede ganar hasta tres veces más de lo que gana una persona que no lo es, por el simple hecho que conoce sobre el tema y por ende puede generar mayores resultados y productividad a la empresa. Sin embargo, la realidad peruana es caótica en el tema educativo, observen estas cifras.


En el Perú el 13% de la población que representan unos 3,600,000 millones de peruanos están en el rango de edad de 12 y 18 años. El 74% de ellos reside en áreas urbanas y de ellos el 39% son pobres, en el campo la situación es más extrema el 74% son pobres ¿Cuántos logran acceder a una educación secundaria? En el campo solo el 50% y en las áreas urbanas el 80%. Por lo que tenemos una gran cantidad de jóvenes que al cumplir los 18 años no han logrado culminar su secundaria. En el Perú existen 70,000 presos de los cuales el 75% de ellos no ha terminado la secundaria y luego nos quejamos de la seguridad en nuestro país.


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La norma en su Artículo 2 menciona: La ley es aplicable a la contratación labor, al de jóvenes de 18 a 24 años, inclusive con educación secundaria (recuerden que dice "inclusive", es decir está diseñada para jóvenes que no han terminado la secundaria), superior o técnica, además solamente para los que se incorporen por primera vez a una planilla electrónica (recuerden que hoy por hoy solamente se trabaja con planilla electrónica) y se encuentren desocupados al menos 90 días calendario consecutivo.

¿Acaso esta norma no está siendo diseñada para la realidad en la que estamos viviendo? Las cifras que he estado exponiendo no son cifras del 2014 son cifras del 2012, antes de que el Perú comenzara a hacer políticas económicas agresivas para levantar la economía. Esta es una realidad social y esta ley ha sido hecha para poder apalear de cierta manera una situación en específico, la situación de miles, casi 800,000 jóvenes que viven en un mundo informal con condiciones de trabajo de semi-esclavitud. 


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 El Artículo 3 menciona: la norma laboral especial, de carácter opcional, para la contratación de jóvenes y regula los derechos y beneficios laborales contenidos en los contratos laborales juveniles, así como el acceso a la protección social, por parte de  empresas del sector privado que al momento de la contratación no tengan multas consentidas impagas vigentes por infracciones a la normativa socio-laboral. El régimen laboral especial no será aplicado a jóvenes trabajadores contratados bajo el régimen laboral general que cesen con posterioridad a su entrega en vigencia a ser contratados por el mismo empleador.


La norma especifica claramente que es opcional, si un joven es lo suficientemente empleable para poder postular a una empresa con régimen general, pues tiene todo el derecho de hacerlo sin que sus beneficios sean recortados. Protege a los jóvenes en términos laborales y sociales, es decir pueden irse a quejar si se está cometiendo alguna falta al MINTRA y comprobar su existencia en el sistema sin problema alguno, mientras los informales no tienen forma alguna de comprobar su vínculo. Si eres un jóven contratado bajo un régimen general no hay forma que el empleador te pueda re-contratar bajo este nuevo régimen, así como las empresas privadas que hayan cometido alguna falta ante el MINTRA y no hayan pagado sus multas, no podrán hacer uso de esta nueva herramienta.


Hay más de 20 artículos en esta nueva ley que deberían ser debatidos uno a uno por los dirigentes que actualmente salen a protestar por la derogatoria, he tocado en esta oportunidad solo tres, que muchos que estamos a favor de esta nueva ley y a favor de los 800,000 peruanos jóvenes a quienes sí les beneficia esta ley, esperamos que esa derogatoria nunca llegue. Esta es una ley con muchos candados y ha sido diseñada para no hacer trampa y para el fomento que muchos peruanos jóvenes que aún no han terminado su secundaria puedan acceder a un trabajo digno, con capacitación, con visión de futuro, con derechos laborales para ellos y si fuera el caso, para su familia también. En las redes sociales hay buena, mala y muy mala información, por ello es mejor leer desde la misma fuente para que las fuerzas políticas que se preparan porque en algunos meses empiezan sus campañas electorales no nos utilicen, no hay que permitir que usen a los jóvenes como carnada y así creen guerras sociales que no llevan a ningún lado a ninguna de las partes. 

Si esa ley se llega a derogar como algunos pocos quieren ¿qué pasará con los 800,000 jóvenes que actualmente trabajan en condiciones de semi - esclavitud? ¿esperarán algunos años más hasta que se debata la nueva ley? ¿qué pasará con los jóvenes que este año cumplen 18 y se encuentran en las cifras antes mencionadas? ¿irán a ser esclavos sin derechos laborales como trabajadores informales? No permitamos que nos engañen y leamos la normal colgada en la página del congreso. 


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Les dejo el Link solo hagan click ahí.

Nota: Gracias a Peru21.pe por las fotos.




Escrito por

Marco Sausa

Soy licenciado en Administración de Empresas de la Universidad de Lima. Escritor, emprendedor, viajero y vivo en los Estados Unidos.


Publicado en

MARCO EMPRESARIAL

Comentarios y Análisis políticos - económicos desde una perspectiva empresarial.